Presentan recusación contra Rebeca Ráquel Obando en caso de magistrados del TJE
La abogada Claudia Erazo presentó este lunes una recusación en contra de Rebeca Ráquel Obando, presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para apartarla del caso contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona.
Erazo, representante legal de los magistrados del TJE, argumentó que existe un conflicto de intereses que impide a Obando actuar como jueza natural en este proceso.
«Hemos presentado una recusación para el juez natural designado debido a que hay intereses de conflicto», declaró a periodistas que cubren la fuente judicial.
Fundadora de Libre
La defensa señaló que Rebeca Ráquel Obando fue fundadora y miembro del Partido Libertad y Refundación (Libre), lo que, según Erazo, compromete su imparcialidad y podría convertir al Poder Judicial en un instrumento político.
La abogada afirmó que presentó como prueba el censo de Libre, donde la presidenta de la CSJ aparece registrada como votante, fundadora y militante.
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Acusación contra los magistrados del TJE
El Ministerio Público (MP) ha formulado una acusación contra los magistrados Miriam Barahona y Mario Flores Urrutia por el presunto delito de prevaricato judicial.
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¿Por qué se recusó a Mario Flores Urrutia?
De acuerdo con el MP, un ciudadano recusó al magistrado Flores Urrutia porque este emitió una opinión pública sin haber examinado oficialmente el expediente completo, relacionado con un recurso sobre la inscripción de dos ciudadanos como candidatos al Congreso Nacional.
El 27 de octubre, los magistrados Flores y Barahona tomaron una decisión calificada como irregular, arbitraria y caprichosa, al no seguir el procedimiento establecido en la Ley Orgánica y Procesal Electoral. Dicho procedimiento exige:
- Crear una pieza separada.
- Notificar al magistrado recusado.
- Suspender temporalmente el expediente.
- Convocar a un magistrado suplente.
Además, el MP sostiene que el 28 de octubre los magistrados cometieron otra falta al emitir la sentencia definitiva y ordenar al Consejo Nacional Electoral (CNE) inscribir de manera inmediata a los dos ciudadanos, declarando procedentes los recursos.









