Tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por unanimidad de votos ratificaron la libertad condicional para los 11 señalados en el juicio conocido como caso “Hermes”, y de acuerdo a los togados, los medios de comunicación y personas naturales no deben ser objeto de reproche penal
Según los jueces nombrados para integrar la Corte de Apelaciones, con el fin de conocer una apelación de los imputados que solicitaban la exoneración total de las medidas cautelares que les impusieron en junio de 2017, no se debe reprochar a los medios y comunicadores.
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En un aparatado de la extensa resolución, señala que los magistrados les ratificaron la carta de libertad provisional y advirtieron que “estos medios de comunicación y personas naturales no tienen un dominio de ejecución sobre esta actividad, por consiguiente, dichos medios y personas no debe ser objeto de reproche penal”.
Asimismo, mencionaron que “su actuar se desmarca del rango de acción, así como lo relacionado al acto de disposición patrimonial del sujeto”.
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Por otra parte, aseveraron que “la contratación de los servicios, ya sea por medio de personas naturales o jurídicas, para la difusión de publicidad, por sí sola no podría verse en un contexto de ilegalidad”.
La resolución está firmada por el presidente del Poder Judicial, Rolando Argueta, el magistrado Edgardo Cáceres y la magistrada Alma Consuelo Guzmán, quienes conforman la Corte de Apelaciones nombrada por la CSJ.
Periodista y Redactor Web de Canal11 y Once Noticias Digital.
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