Segob cuestiona entrega de credenciales sin promesa de ley a autoridades de alcaldías en Honduras
La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización aclaró este sábado (14/01/26) su posición frente al proceso de entrega de credenciales y toma de promesa de ley de las nuevas autoridades de alcaldías en Honduras.
Mediante un comunicado oficial, la institución recordó que, como ente responsable del régimen municipal, ha coordinado y guiado el proceso de toma de posesión de alcaldes y regidores en todo el país.
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Según explicó, en el procedimiento tradicional las credenciales de los alcaldes eran remitidas a las gobernaciones políticas y solo se entregaban una vez que el funcionario electo rendía su promesa de ley, acto que certifica legalmente su nombramiento.
La secretaría subrayó que el artículo 322 de la Constitución de la República establece de manera expresa que todo servidor público debe manifestar públicamente su promesa de cumplir fielmente la Constitución y las leyes antes de ejercer un cargo. En ese sentido, enfatizó que ninguna persona puede desempeñar funciones públicas sin haber cumplido previamente con dicho requisito legal.
No obstante, la institución señaló que la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de entregar las credenciales de manera personal y sin que mediara previamente la promesa de ley ha generado confusión en algunos municipios del país. Según el comunicado, esta disposición no solo excluyó a la secretaría del proceso, sino que también provocó interpretaciones erróneas, al punto de que en algunos casos la toma de promesa fue considerada opcional o discrecional.
Advirtió que para algunos funcionarios el simple hecho de contar con la credencial ha sido interpretado como sinónimo de estar legalmente en posesión del cargo, situación que, según reiteró, no se ajusta al marco constitucional vigente.
Ante este escenario, Gobernación, Justicia y Descentralización dejó claro que no se hace responsable de los malos entendidos u omisiones derivadas de la entrega de credenciales a funcionarios edilicios que no hayan rendido su promesa de ley, ni de aquellos que asuman cargos sin cumplir con este requisito obligatorio.
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Asimismo, el comunicado recordó que la Ley de Municipalidades contempla mecanismos de sustitución en caso de ausencia de la gobernación política. En su artículo cinco, la normativa establece que el alcalde de la cabecera departamental puede asumir la responsabilidad de la toma de promesa, garantizando así la legalidad del proceso.










