El Congreso Nacional en sesión virtual desarrollada este viernes (12/12/2021) aprobó la reforma a siete artículos de la «Ley Especial de Protección a Altos Funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario» , la cual entró en vigencia el 1 de julio de 2014.
En dichas modificaciones al decreto se establece la adición de más cargos estatales habilitados para tener el blindaje ante los «riesgos» que pueden amenazar la integridad de los mismos.
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En tal sentido, se estipularon cuatro categorías, donde la diferencia entre cada son los puestos que la integran y el tiempo que tendrán de protección una vez que el ciudadano deje su cargo, siendo los presidentes y expresidentes los únicos que tienen un escudo permanente.
Entre los añadidos, destaca la junta directiva del Congreso Nacional y magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Por otra parte, se autorizó la creación de la Unidad Especial de Protección (UEP), el cual, será un ente permanente cuya directiva será nombrada por un periodo de cinco años y cesada solamente por la decisión unánime de los miembros del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad.
Dictamen| Debate Único.
Reformar los Art. 3, 4, 5, 6, 7, 10 y 11 de LA LEY DE PROTECCIÓN ESPECIAL DE FUNCIONARIOS Y EX FUNCIONARIOS EN RIESGO EXTRAORDINARIO, aprobada en 2014, reformado mediante Decreto 93-2014 y Decreto 184-2016.
Dispensa de dos debates #AprobadoCN pic.twitter.com/x4HJ4673bs
— Congreso Nacional (@Congreso_HND) December 10, 2021
Asimismo, se conoció que la UEP deberá analizar periódicamente el riesgo de cada persona habilitada de este servicio para determinar si se continua o se suspende la prestación del mismo.
Este jueves trascendió que la Unidad tendría un fideicomiso anual de 250 millones de lempiras, sin embargo, en la sesión de hoy no se propuso el uso de ese monto, por lo que no existe autorización de dichos fondos.
Al respecto, si deberá contar con los recursos básicos necesarios para ejecutar sus servicios de protección, los cuales, se asignaran de los fondos otorgados a la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Tasa de Seguridad Poblacional.
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Entretanto, «el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad a través de la UEP, debe elaborar la reglamentación respectiva a esta Ley en un plazo de 30 días a partir de su entrada en vigor.
Finalmente, se precisó que las vigencia de estas reformas a la «Ley de Protección» iniciará una vez sean publicada en el diario Oficial La Gaceta.
Periodista de Canal 11 y Once Noticias Digital.
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