Sala Ad-hoc notifica al MP resolución sobre antejuicio a magistrados
La Corte a Ad-Hoc del Poder Judicial notificó al Ministerio Público que el proceso de antejuicio contra los magistrados Miriam Barahona y Mario Flores Urrutia, ha sido declarado inadmisible, informó este lunes la comunicación oficial enviada por el ente judicial.
Una decisión fundamentada por el Código Procesal Penal
La decisión se fundamenta en el artículo 421 del Código Procesal Penal y el artículo 47 de la Ley Orgánica y Procesal Electoral, los cuales establecen que los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral no gozan de la prerrogativa del antejuicio. Esto significa que cualquier acusación en su contra queda bajo la determinación directa del Fiscal General de la República y de la Fiscalía de Delitos Electorales, sin la necesidad de un procedimiento de antejuicio.
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Denuncia del MP
El Ministerio Público, a través de la Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE), había presentado ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una solicitud de antejuicio contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Alberto Flores Urrutia y Miriam Sayupa Barahona Rodríguez, por el presunto delito de prevaricato judicial.
Según el requerimiento, ambos magistrados emitieron resoluciones sin la participación del tercer miembro del pleno, lo que, de acuerdo con la ley, invalida las decisiones tomadas.
El Ministerio Público sostiene que los funcionarios ordenaron de manera irregular al Consejo Nacional Electoral (CNE) inscribir a dos ciudadanos como candidatos a diputados.









