CNE advierte que FF.AA. deben acatar instrucciones durante elecciones en Honduras
La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Ana Paola Hall García, envió un oficio a los consejeros Cossette Alejandra López-Osorio y Marlon David Ochoa, recordando que, según el Artículo 272 de la Constitución, las Fuerzas Armadas (FFAA) quedan subordinadas funcionalmente al CNE desde un mes antes de las elecciones hasta la declaratoria de resultados.
El comunicado, dirigido también a la Junta de Comandantes de las FFAA, enfatiza que esta subordinación no es discrecional ni negociable, sino un mandato constitucional. Durante este periodo, el CNE asume la autoridad política y militar sobre tareas estrictamente electorales, incluyendo la custodia de centros de votación, transporte de material electoral y vigilancia del proceso.
Fundamento constitucional y alcance
El CNE subraya que ningún poder público puede contradecir o revocar sus instrucciones en este ámbito. Las FFAA no actúan bajo las órdenes del Poder Ejecutivo en materia electoral, sino bajo la dirección funcional del CNE. Cualquier interferencia o desobediencia constituiría una violación a la autonomía e independencia del CNE y al principio de neutralidad militar.
Funciones específicas
El oficio establece que las FFAA deben cumplir estrictamente las instrucciones del CNE en las siguientes tareas: Distribución de material electoral, custodia y seguridad de los centros de votación, ejecución de medidas de seguridad dictadas por el CNE para garantizar la integridad del proceso.
El documento, fechado el 27 de octubre de 2025, fue firmado por la presidenta Ana Paola Hall García y distribuido en las dependencias del CNE para su cumplimiento.
Solicitud del jefe militar sobre escrutinio careció de fundamento constitucional
El pronunciamiento del CNE surge luego de que el jefe de las Fuerzas Armadas, General Roosevelt Hernández, hubiera solicitado acceso al escrutinio de las actas electorales.
Por lo tanto analistas y abogados constitucionalistas señalaron que esta petición carecía de base legal, ya que la Constitución y la Ley Constitutiva de las FF.AA. delimitan su rol como institución apolítica, profesional y obediente, restringida a tareas de seguridad y logística electoral, sin injerencia en la administración o conteo de votos.










