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Restablecen el derecho a la libertad de expresión en Honduras

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El restablecimiento del artículo 72 de la constitución hondureña que preserva el derecho a la libertad de expresión como garantía constitucional, públicó en el diario oficial La Gaceta el Poder Ejecutivo.

La determinación sobre restituir la libertad de expresión surge en medio de un decreto de emergencia sanitaria que provocó la pandemia del coronavirus.

Cabe destacar que, esta fue la primera ocasión en la historia de Honduras, que este derecho constitucional se suspendía, lo cual generó una ola de cuestionamientos hacia autoridades legislativas por parte de organismos de Derechos Humanos y medios de comunicación.

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Asimismo, se reanudó el artículo 71 referente a los derechos individuales que establecen que ninguna persona puede estar en detención por más de 24 horas.

Mientras tanto, las garantías constitucionales que seguirán en restricción serán:

  1. -Artículo 69: La libertad personal es inviolable
  2. -Artículo 78: Libertad de asociación y de reunión
  3. -Artículo 81: Libertad de circulación
  4. -Artículo 84: Nadie podrá ser arrestrado o detenido en virtud de mandato escrito de autoridades competente.
  5. -Artículo 99: Inviolabilidad del domicilio
  6. -Artículo 103:Propiedad privada
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