La Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) recordó a la población hondureña que pueden ser multados si transportan niños o mascotas en la parte delantera del vehículo.
Según detalló el inspector Darwin Hernández, esta infracción se basa en el artículo 98, numeral 32 de la Ley de Tránsito.
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La multa corresponde a 600 lempiras, pero si son dos faltas graves reiterativas el infractor deberá pagar 800 lempiras.
Otras prohibiciones
- Circular con la Licencia de Conducir vencida.
- Conducir un vehículo sin los dispositivos reflectantes correspondientes, como cintas adhesivas y otros, esto aplicable a vehículos nacionales o extranjeros destinados al transporte de pasajeros o de carga.
- Que el conductor o el ayudante de los vehículos de transporte público, maltraten de palabra o de hecho a los usuarios.
- Transportar niños o niñas menores de doce (12) años en el asiento delantero derecho.
- No ceder el paso a vehículos de emergencia.
- Que el conductor lleve entre sus brazos a una persona, mascotas, objeto, que dificulte la conducción.
- Que el propietario de un vehículo permita que el mismo sea conducido por una persona carente de licencia o permiso vigentes.
- Conducir vehículos diferentes a los permitidos por la respectiva licencia.
- Rebasar sin precaución quitando el derecho de uso de carril a otro
vehículo que circula en sentido contrario.
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Las autoridades viales invitaron a la población a informarse sobre la Ley de Tránsito que se encuentra disponible de manera digital.
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