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Descuido de diputados podría dejar a abusadores sexuales sin castigo

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Una reforma parcial realizada por los diputados al Código Penal en el 2010 podría abrir un portillo para dejar a las personas encontradas culpables del delito de abuso sexual, sin castigo alguno, gracias a una omisión de los diputados.

Por ello, con el fin de corregir un error, este martes 22 de mayo, la ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Patricia Mora, les envió una nota a los siete jefes de fracción de la Asamblea Legislativa.

“En el año 2010 la Asamblea Legislativa aprobó una reforma de la protección de la integridad sexual de los menores de edad, y entre otras cosas añadió el artículo 161 bis al Código Penal. Sin embargo, como la pena prevista en el artículo 162 del mismo Código remitía a “los abusos descritos en el artículo anterior” (al artículo 161 y no al 161 bis que se introdujo con esa reforma), los legisladores de entonces no tomaron el cuidado de cambiar esa frase cuando se introdujo el numeral 161 bis, pues este último no describe la conducta del abuso sexual, como sí lo hace el artículo 161”, señaló la ministra.

De aprobarse la corrección del Proyecto de Ley N° 19.344, el artículo 162 del Código Penal diría “Quien de manera abusiva realice actos con fines sexuales contra una persona mayor de edad o la obligue a realizarlos al agente, a sí misma o a otra persona, siempre que no constituya delito de violación, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años”, corrigiendo así un error legislativo que ha generado controversia, inseguridad jurídica e impunidad.

“Como país debemos aprovechar el espíritu de consenso que ha imperado en estas primeras semanas de labor parlamentaria para así impulsar con prontitud el dictamen y aprobación definitiva de esta puntual pero urgente reforma legal. Es una oportunidad para anteponer el interés colectivo por encima de las agendas partidarias”, concluyó la Mora.

 

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