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Conozca los cambios sustanciales que tendrá la reforma a la Ley del RNP

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El Congreso Nacional aprobó las reformas a los artículos 43,53, 68, 111, 112 y 125 de la Ley del Registro Nacional de las Personas(RNP), las cuales buscan concretar un proceso electoral transparente que devuelva la confianza al pueblo hondureño.

Aquí el informe con Guillermo Paz Manueles

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Entre las reformas aprobadas destacan el plazo que tendrán los hondureños para registrar a recién nacidos, el cual será de seis meses, antes era de un año.

De igual manera con el caso de las defunciones, estas se deberán reportar en un lapso de tres meses después del fallecimiento. Actualmente estaba en seis meses.

Asimismo, se levanta el pulgar para que la Junta Interventora de la institución inicie la depuración y actualización técnica y permanente de las bases de datos en registro civiles, mediante el Sistema de Identificación Nacional(SIN).

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También la aprobación de la adquisición de software, hardware y servicios conexos siempre y cuando siga los parámetros de la Ley de Contratación de Estado.

Cabe destacar que se creará la Unidad Administradora del Proyecto (UAP) del SIN por cinco años, que servirá para administrar y ejecutar el sistema.

 

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