Estas son las penas de cárcel que pagará quien cometa delitos electorales en Honduras
Tras iniciarse el escrutinio especial, surgieron denuncias por supuestos delitos electorales vinculados a actas revisadas, generando preocupación pública y necesidad de un análisis legal claro nacional.
Para aclarar el panorama, el abogado Kenneth Madrid explicó qué estipula la ley penal hondureña ante irregularidades durante el escrutinio y afectaciones directas al voto ciudadano.
«El Código Penal regula los delitos contra las instituciones del Estado», señaló Madrid, indicando que se protege la integridad del órgano electoral y la voluntad popular.
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Detalló que la coacción y amenaza electoral suelen darse en etapa preelectoral, pero durante el escrutinio puede configurarse la suplantación de voluntad mediante presiones indebidas.
Según Madrid, «el delito que más se puede configurar es la falsificación de documentos electorales», con penas de cuatro a seis años de prisión.
Explicó que alterar actas, cuadernillos o documentos de la maleta electoral constituye delito, pues buscan «colocar en el acta lo que no es voluntad popular».
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El escrutinio especial, dijo, no permite tachaduras ni borraduras, ya que las incidencias deben registrarse formalmente, bajo verificación de fiscales y documentación en video.
Finalmente, recordó que el Ministerio Público debe investigar irregularidades y deducir responsabilidades tras el proceso, advirtiendo que alterar la maleta electoral también es delito.











