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Pago de impuestos a personas jurídicas vence el lunes

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Los contribuyentes asociados al Ministerio de Hacienda tendrán hasta el lunes 2 de octubre para pagar sin recargo el monto que les corresponde al impuesto a las personas jurídicas del periodo 2017.

El impuesto se puso al cobro desde el primero de setiembre y durante ese mes se debe hacer la cancelación de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de este año. En el 2018 se deberá hacer la cancelación del total de impuestos del periodo.

Quienes no realicen este pago antes del próximo lunes deberán asumir los cargos y enfrentar la sanción por morosidad. Aquellos que tengan pendiente esto, tendrán que realizar la gestión correspondiente para la cancelación total ante el Registro Nacional para ponerse al día.

¿Quiénes deben pagar?

A este pago están asociados todas las sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera o su respectivo representante. También las empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Además de los impuestos de propiedad de casas extranjeras, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidades limitadas, de comandita, colectivas y empresas individuales de responsabilidad limitada. Si usted es trabajador independiente, también debe cancelar su monto pendiente.

Los recursos provenientes de este impuesto son asignados al Ministerio de Seguridad Pública para financiar infraestructura física de las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial, atención a la seguridad ciudadana y combate a la delincuencia; al Ministerio de Justicia y Paz para financiar la Dirección General de Adaptación Social; y al Poder Judicial para financiar el Organismo de Investigación Judicial en la atención del crimen organizado.

Métodos de cancelación

El pago se puede efectuar por conectividad mediante el sitio web del banco correspondiente, o directamente en cajas y entidades autorizadas, indicando el número de identificación de la persona jurídica. Las entidades recaudadoras autorizadas en las que se puede realizar el pago son las siguientes:

  • Bac San José
  • Banco de Costa Rica
  • Banco BCT
  • Davivienda
  •  Banco Nacional
  •  Grupo Mutual Alajuela
  • Teledólar
  • Cruz Roja Costarricense
  • Tiendas Ekono
  • Servimás
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