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Inicia la revisión de votos en el TSE

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A partir de las 9 de la mañana de este martes inició la primera sesión de escrutinio de las 6.612 Juntas Receptoras de Votos (JRV) habilitadas por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) para las elecciones presidenciales y legislativas del pasado domingo.

Se trata de un proceso de revisión documental que incluye la apertura de cada saco que contiene el material electoral, para corroborar la información enviada por cada JRV mediante el sistema de transmisión de datos.

A partir de este martes habrá dos sesiones por día; de 8 a.m. a 12 mediodía (a excepción del 6 de febrero que comenzará a las 9 a.m.) y en la tarde serán de 1:30 p.m. a 5:30 p.m. Eventualmente, los Magistrados sesionarán los sábados que consideren necesario para terminar estas labores.

La revisión es dirigida por los magistrados de Tribunal, quienes estarán en cada una de las cinco mesas de trabajo, acompañados de 25 funcionarios del TSE y un fiscal de cada partido político que haya solicitado acreditación.

Durante cada sesión los magistrados se turnarán, de tal forma que cada una estará liderada por el Presidente o la Vicepresidenta del Órgano Electoral. De igual forma, los otros magistrados se turnarán para participar en las sesiones.

En los siguientes supuestos la revisión será más exhaustiva, pues incluirá la verificación papeleta por papeleta y el recuento de los votos asignados a cada partido político (conteo manual):

  • Tratándose de juntas receptoras de votos contra cuyos resultados se presenten apelaciones o demandas de nulidad admisibles y esa diligencia (a juicio del TSE) sea necesaria para su resolución.
  • Cuando los resultados de una junta sean manifiestamente inconsistentes.
  • Cuando, al momento del escrutinio en la junta no hayan estado presentes al menos tres de sus miembros, salvo si estuvieran dos miembros acompañados de un auxiliar electoral, lo cual deberá constar en el padrón registro.
  • Respecto de las juntas receptoras de votos en las que se extravíe el padrón registro, no se haya utilizado o que consten en él observaciones que ameriten el recuento.

La legislación electoral indica que este proceso debe estar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la votación, en el caso de la papeleta presidencial y dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la votación, en el caso de la papeleta por diputados.

 

Todo el proceso de escrutinio se transmitirá ininterrumpidamente por el canal de Youtube del Tribunal:

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