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Interponen Recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Mordaza

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Representantes de la Asociación Libertad y Democracia presentaron el recurso ante la Corte, pidiendo que artículo 335 B se derogue, no que se modifique, tal y como lo ha hecho el jefe de la bancada nacionalista, Óscar Álvarez.

 

Los representantes de la Asociación Libertad y Democracia al momento de interponer el recurso.

El jefe de la bancada nacionalista en el Congreso Nacional, Óscar Álvarez, decidió continuar adelante con el artículo 335-B del Código Penal -que él mismo introdujo a la cámara de manera atípica- y que castiga hasta con ocho años de prisión a aquellos comunicadores que hicieran apología, enaltecimiento o justificación del terrorismo, sin definir claramente este último término.

Ante una pasiva postura de la directiva del Colegio de Periodistas de Honduras, el ex ministro de seguridad determinó que no pediría la derogación o eliminación del artículo que todo el gremio periodístico hondureño y de derechos humanos clamaba, sino que le hizo un agregado que mantiene la esencia del original y sigue siendo una amenaza para la libre expresión.

El artículo ahora establece que quien públicamente hiciera apología, enaltecimiento o justificación del terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución o incitaren a otro u otros a cometer terrorismo o financiamiento de éste, debe ser sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión.

Agrega que “no incurre en el delito contenido en el párrafo anterior quien se limita a transmitir la información, aunque ésta por su contenido se refiera al delito de terrorismo. La iniciativa del diputado Álvarez será enviada a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para conocer su opinión.

Interponen recurso de inconstitucionalidad

Antes de que el Colegio de Periodistas actuara, el presidente de la Junta Directiva de la Asociación Libertad y Democracia (ALD), Edgardo Antonio Rodríguez, interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia. “Nosotros como ALD estamos pidiendo que se derogue, no que se modifique artículo 335 B”, señaló.

Según los demandantes el artículo en referencia lesiona la Constitución de la República, el debido proceso y la presunción de inocencia. “El propósito es que se derogue del Código Penal el artículo en mención ya que lesiona, incluso, los convenios internacionales en materia de derechos humanos”, agregó.

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Lo que demandan

El documento establece que se interpone la acción de inconstitucionalidad por razones de contenido, pidiendo que se expulse del ordenamiento jurídico el contenido del artículo 335-B del Código Penal por ser contrario a los principios constitucionales de libertad de expresión y pensamiento.

En consecuencia, piden que se derogue del código penal el contenido del referente artículo por ser lesivo a derechos y garantías como la libertad de expresión, de conciencia, presunción de inocencia y al debido proceso, contenidos en la constitución de la República, en los Tratados Internacionales y de Protección de los Derechos Humanos de los que Honduras es dignatario.

La reunión sostenida por directivos del CPH con el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, no dio los frutos que ellos esperaban.

Lento proceder del Colegio de Periodistas

Por su parte, el CPH anunció que presentará un recurso de amparo a la Corte Suprema de Justicia «para que se derogue el artículo que es violatorio de la libertad de expresión».

Indicó que, en caso de no obtener respuesta en los tribunales hondureños, llevarían el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Mediante un documento, el CPH señala que luego de un amplio análisis con expertos de derecho constitucional y penal, así como con ex magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, han concluido que el artículo 335-B del Código Penal violenta las garantías constitucionales, especialmente aquellas que garantizan la libre expresión y emisión del pensamiento.

Asimismo, ratifican que su aprobación es ilegal porque no se siguió el procedimiento que establece el artículo 219 de la Constitución de la República, que literalmente reza que: “siempre que un proyecto de ley no proceda de iniciativa de la Corte Suprema de Justicia, tenga por objeto reformar o derogar cualquiera de las disposiciones contenidas en los Códigos de la República, no podrá discutirse sin oír la opinión de aquel tribunal.

“El CPH lamenta que no se haya derogado el artículo 335B. La ruta es ir a la Corte a pedir su inconstitucionalidad”, ha expresado el presidente de esta organización, Dagoberto Rodríguez.

 

 

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