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Costa Rica firma importante convenio contra tráfico de órganos

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Costa Rica se convirtió en el primer país no europeo en adherirse al Convenio del Consejo de Europa contra el tráfico de órganos humanos, también conocido como Convenio de Santiago de Compostela, por laciudad española donde se firmó en el 2015.

El embajador de Costa Rica en Francia, Gabriel Macaya, fue el responsable de la firma del tratado ante la Secretaria General Adjunta del Consejo de Europa, Gabriella Battaini-Dragoni.

El objetivo es la prevención y la lucha contra el tráfico de órganos humanos, la protección de las víctimas y el fomento de la cooperación nacional e internacional en este ámbito. Asimismo, ofrece una oportunidad para lograr una acción concertada a nivel mundial mediante la armonización de las legislaciones nacionales, acciones que desde ya han generado cooperación internacional entre Costa Rica y España como líder mundial en donación y trasplante de órganos y tejidos.

Este convenio constituye el primer tratado internacional para combatir este tipo de delitos lo que supone un paso decisivo en la lucha contra el tráfico de órganos en el mundo.

La Dra. Karen Mayorga, Ministra de Salud, manifestó su satisfacción por tan importante paso, no sólo para la salud de las personas, sino porque cierra puertas a prácticas delictivas que ponen en riesgo la salud pública y privada.

Imagen con fines ilustrativos.

«En Costa Rica se cuenta con la Secretaría Ejecutiva Técnica de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos, que regula las actividades relacionadas con la obtención y utilización clínica de órganos y tejidos humanos, incluidos la donación, la extracción, la preparación, el transporte, la distribución, el trasplante y su seguimiento para fines terapéuticos”, comentó.

El tratado solicita a todos los gobiernos la tipificación de los siguientes delitos: la extracción llevada a cabo sin el consentimiento libre informado y el consentimiento específico del donante vivo o fallecido; las situaciones en las que, a cambio de la extracción de órganos, el donante vivo o un tercero reciban un beneficio económico o una ventaja comparable; o cuando a cambio de la extracción de órganos de un donante fallecido, una tercera parte reciba un beneficio económico o una ventaja comparable.

Además, contempla medidas de protección, compensación y asistencia a las víctimas en su recuperación física, psicológica y social; y medidas de prevención para asegurar la transparencia y el acceso equitativo a los servicios de trasplante.

El documento establece también que las partes habrán de adoptar las medidas legislativas y otras medidas que fueran necesarias para garantizar el acceso a la información, la asistencia y el derecho de compensación a las víctimas.

El convenio entró en vigor el pasado 1 de febrero, tras la ratificación de la República Checa, Noruega, Malta, Moldavia y Albania. Además, hay otros 17 países que lo han firmado, entre ellos España, Rusia, Reino Unido, Italia, Turquía, Polonia y Portugal.

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