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Compañías telefónicas encarecieron tarifa de internet y servicio móvil

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Defensoría de los Habitantes pidió una anulación a la libertad tarifaria.

La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) se ha encargado en los últimos años de regular las tarifas de los servicios prepago y postpago en las tres grandes empresas telefónicas del país: köllbi, Claro y Movistar.

La semana anterior decretó que existirá libertad tarifaria para los usuarios, lo que significa que las compañías definan la modalidad de los costos; esto alegando que se busca mayor competencia y los usuarios serán los beneficiados.

Sin embargo, tanto kölbi como Claro y Movistar optaron por poner el costo más alto permitido por el órgano regulador. En el 2014 y 2016 cobraron el tope permitido, con un promedio de ¢40 por minuto, en el 2013 fue de ¢38.

Sutel declaró que los precios han bajado, relativamente, pero siempre manteniéndose en el límite de lo autorizado. En el 2010, un minuto costaba ¢31.4. El año anterior, el promedio entre prepago y postpago fue de ¢26.2.

Los usuarios aún se quejan de la falta de señal en varias zonas del país y de la lentitud del internet móvil.

Es importante destacar que las tres grandes entidades no cobraban el máximo de sus tarifas las 24 horas del día. La estrategia comercial definía que el costo a cierta hora del día estaba por debajo del límite establecido.

Además, el cobro promedio -mínimo- en el servicio prepago se ha mantenido por encima de esta banda tarifaria. A pesar de esto, bajó ¢3.2 por minuto en el 2016 al 2016, pasando de ¢27.6 a ¢24.4.

Situación muy diferente a la que se ve en el panorama de postpago. El promedio de costo por minuto aumentó en los últimos tres años, separándose cada vez más del tope con ¢23.72.

Lea también: Defensoría asegura que decisión de SUTEL es ilegal

Incertidumbre en precios

Tras el anuncio de la superintendencia de fijar la libertad tarifaria, los usuarios están bajo la duda de cuál será el precio final de cada compañía telefónica, lo cual podría abaratar o encarecer los servicios de llamadas, mensajería e internet.

El que las empresas decidan el valor de estas funciones es gracias a la Ley de Telecomunicaciones, la cual permitió la apertura del sector en el 2007, pero fue hasta cuatro años después que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), quien contaba con el monopolio telefónico, y las dos compañías extranjeras, Claro y Movistar, ganaron las concesiones para entrar a regir en el país.

La defensora Motserrat Molina se ha pronunciado en varias oportunidades en contra de que las operadoras cobren el internet móvil por descarga.

Esta decisión causó polémica en la Defensoría de los Habitantes (DHR), ya que la jerarca Montserrat Solano se declaró en contra de lo anunciado por la Sutel; alegando que el país aún no cuenta con una competencia efectiva en el mercado móvil.

Además, la defensora expresó que carece de legalidad e incumple el principio básico de su fundación (Sutel) para proteger los intereses de los consumidores. Ante esto, el órgano rector declaró que, aunque las telefónicas tendrán esta libertad, mantendrán un monitoreo constante con el fin de impedir prácticas anticompetitivas.

“Es un acto administrativo plagado de vicios que minan, precisamente, el fundamento que el legislador le ordena a la Sutel tener para ordenar la desregulación tarifaria de esta actividad. En esas condiciones, la declaratoria de competencia efectiva de este mercado es contraria al ordenamiento jurídico”, comentó ante la situación.

Lo anterior dio pie para que este jueves DHR pidiera una anulación sobre lo decretado por sobrepasar los “serios e insubsanables vicios que minan el fundamento que la ley ordena”.

 

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